domingo, 18 de agosto de 2019

EL REGISTRO MERCANTIL EN VENEZUELA

Investigadores:

Raquel Mora
Argenis Morillo 
Aaron Porte
Albani Alvarado

Andres Gonzalez

Jose Azuaje

Kevin Gomez


    Al momento de hacer el registro mercantil debemos tener claro el nombre de la empresa que deseamos conformar, para esto debemos tener al menos tres opciones ya que, antes de introducir el acta constitutiva ante el registro mercantil de tu localidad, debes tener reservado el nombre.

     Inicialmente debes solicitar la búsqueda y reserva ante el registro mercantil de tu localidad con las tres primeras opciones. Una vez reservado el nombre puedes introducir el Acta Constitutiva, previamente elaborada por un abogado.

Registro Mercantil De Una Empresa En Venezuela: Para la elaboración del Acta Constitutiva debes tener claro lo siguiente:

 

  • Nombre de la empresa.
  • Objeto de la empresa.
  • Accionistas, incluyendo nombre completo, cédula de identidad, Rif y porcentaje accionario.
  • Conformación de la junta directiva.
  • Dirección fiscal.
  • Datos del comisario.
  • Fecha a realizar el cierre fiscal.

     Con toda esta información el abogado puede elaborar el Acta Constitutiva para ser introducida en el registro mercantil de tu localidad.

Pasos a seguir: Una vez que tengas la información indicada previamente sigue los siguientes pasos:


  1. Dirígete al registro mercantil más cercano y realiza la reserva de nombre. Para esto deberás indicar tres posibles nombres.
  2. Espera los días indicados por la persona que te atendió para regresar nuevamente a la oficina del registro mercantil.
  3. Una vez  pasado los días te notificarán el nombre que esté disponible.
  4. Realiza el pago de la reserva de nombre.
  5. Ubica un abogado (generalmente en las oficinas del registro mercantil puedes encontrar) y solicita la redacción del acta constitutiva.
  6. Una vez realizada el acta constitutiva dirígete nuevamente a las oficinas del registro mercantil e introduce el documento junto con la reserva de nombre realizada previamente, y copias de RIF y cédulas de los accionistas de la empresa.
  7. Dependiendo de la información que indiques como capital te solicitaran documentos adicionales.
  8. El funcionario que te recibe la documentación te indicará el día que debes regresar a retirar tu acta constitutiva.
  9. Una vez registrada la empresa debes dirigirte al SENIAT a realizar la inscripción de la misma y a cada una de los entes del estado para realizar las respectivas inscripciones.

DOCUMENTOS SUJETOS A REGISTRACION

     A manera de preámbulo, es necesario conocer que el autor Guillermo Cabanellas en su obra “Diccionario de Derecho Usual” ha expresado:” Algún miope traductor lanzó y por inadvertencia ha arraigado en algunos sectores el barbarismo de registración”. La cátedra respeta ese criterio y lo comparte. Los documentos sujetos a registro: son aquellas escrituras o instrumentos con que se prueba o confirma un acto: patentizar un hecho o poder demostrar la existencia de una obligación de dar, hacer o no hacer, que al registrarse se le confiere fe pública con las solemnidades legales.
Los documentos que deben registrarse están contemplados en el artículo 19 del Código de Comercio dentro de los cuales destaca:

  • Documentos relativos a situaciones de derecho de familia: 1. autorización al menor emancipado y su revocación. 2. Autorización a quien ejerce la patria potestad para representar al menor en la actividad mercantil. 3. Autorización a la mujer para afectar los bienes conyugales.
  • Documentos relativos al comerciante individual o colectivo: 1. Firmas de comercio. 2. Venta de fondo de comercio. 3. Extracto de escrituras de sociedad. 4. Poderes del comerciante a sus factores. 5. Autorización del Juez para ejercer su profesión a corredores y venduteros.

     La no inserción en el Registro de Comercio de los documentos enumerados en el artículo 19, es la de hacerlos ineficaces frente a terceros de buena fe, es decir, que contra estos no podría alegarse válidamente el otorgamiento de un determinado documento, si previamente no se cumplió con la formalidad de su inscripción en el Registro de Comercio. Ahora bien, frente a terceros de mala fe y aún entre los mismos contratantes, dichos documentos carentes de la formalidad anotada, si podrían ser opuestos.


CARACTERÍSTICAS DEL REGISTRO MERCANTIL

 

     Inicialmente recordaremos que los comerciantes una vez inician su actividad comercial deben matricularse en el registro mercantil, ante la cámara de comercio de su jurisdicción y realizar su renovación; la inscripción ya sea como persona natural, establecimiento de comercio o sociedad comercial, deberá realizarla el representante legal.

     El registro mercantil se caracteriza por lo siguiente aspectos:
a)    Es público: Toda persona tiene derecho y puede acceder al registro mercantil, ya sea de forma física o por las plataformas virtuales de las cámaras de comercio.
b)    Es reglamentado: Porque se encuentra establecido en el Código de Comercio.
c)    Es obligatorio: Es obligación de todo comerciante realizar el registro mercantil.


ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO TÁCHIRA

El registro mercantil está estructurado organizacionalmente por  departamentos donde cada uno cumple una función específica como a continuación se especifican:

Departamento de Administración- Presentación y Cálculos (Caja): Elabora los cálculos equivalentes al pago de los impuestos fiscales y los derechos de Registro, así como la elaboración de las planillas respectivas para cada pago.

Departamento de Revisión Legal: Se ocupa de hacer la revisión a fondo desde el punto de vista jurídico de cada documento presentado para su Registro o bien para ser agregados al expediente. Está a cargo de abogados revisores.

Departamento de Escribientes: Es el que se encarga de procesar los documentos que van a hacer otorgados. También se encarga que los documentos sean firmados por el usuario o interesado. Una vez que se produce el otorgamiento se le hace entrega de la copia certificada al usuario para su publicación.

Departamento de Archivo: Donde se forman los expedientes de las sociedades mercantiles y de los comerciantes, llevándose un control de cada uno. Igualmente reposan los tomos que se forman de los protocolos que firman los usuarios.

Se encarga de expedir copias certificadas y simples que los usuarios soliciten mediante un escrito, así mismo, llevan el control y la atención al usuario para verificar las denominaciones de las empresas.

Departamento de Inserción: Se encargan de procesar aquellos documentos que el usuario presenta para agregar al expediente de su respectiva sociedad mercantil e igualmente se encarga de expedir las copias certificadas inscritas que hallan sido solicitadas por el usuario.

Departamento de Otorgamiento: Una vez que el documento ha sido inserto y firmado por el interesado, seleccionan los documentos, dándole número y formando los llamados tomos.


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

https://derechovenezolano.wordpress.com/2012/11/01/documentos-sujetos-a-registracion/

https://www.gerencie.com/caracteristicas-y-efectos-del-registro-mercantil.html

Morón, Luisa (2010). Publicación en línea disponible en:
https://unefaluisamoronp.wordpress.com/registro-mercantil-en-venezuela/

Ossorio, Manuel (1981). Diccionario de ciencias jurídicas, políticas y sociales. Editorial Heliasta S.R. L. Argentina

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