Raquel Mora
Argenis Morillo
Aaron Porte
Albani Alvarado
Andres Gonzalez
Jose Azuaje
Kevin Gomez
Al momento de hacer el registro
mercantil debemos
tener claro el nombre de la empresa que deseamos conformar,
para esto debemos tener al menos tres opciones ya que, antes de introducir el acta
constitutiva ante el registro mercantil de tu localidad, debes tener reservado
el nombre.
Inicialmente
debes solicitar la búsqueda y reserva ante el registro
mercantil de tu
localidad con las tres primeras opciones. Una vez reservado el nombre puedes
introducir el Acta Constitutiva, previamente elaborada por un abogado.
Registro Mercantil De Una Empresa En
Venezuela: Para la elaboración del
Acta Constitutiva debes tener claro lo siguiente:
- Nombre de la empresa.
- Objeto de la empresa.
- Accionistas, incluyendo nombre completo,
cédula de identidad, Rif y porcentaje accionario.
- Conformación de la junta directiva.
- Dirección fiscal.
- Datos del comisario.
- Fecha a realizar el cierre fiscal.
Con toda esta información el abogado puede
elaborar el Acta Constitutiva para ser introducida en el registro mercantil de
tu localidad.
Pasos a seguir: Una
vez que tengas la información indicada previamente sigue los siguientes pasos:
- Dirígete al registro mercantil más cercano
y realiza la reserva de nombre. Para esto deberás indicar tres posibles
nombres.
- Espera los días indicados por la
persona que te atendió para regresar nuevamente a la oficina del registro
mercantil.
- Una vez pasado los días te
notificarán el nombre que esté disponible.
- Realiza el pago de la reserva de nombre.
- Ubica un abogado (generalmente en las
oficinas del registro mercantil puedes encontrar) y solicita la redacción
del acta constitutiva.
- Una vez realizada el acta constitutiva
dirígete nuevamente a las oficinas del registro mercantil e introduce el
documento junto con la reserva de nombre realizada previamente, y copias
de RIF y cédulas de los accionistas de la empresa.
- Dependiendo de la información que indiques
como capital te solicitaran documentos adicionales.
- El funcionario que te recibe la
documentación te indicará el día que debes regresar a retirar tu acta
constitutiva.
- Una vez registrada la empresa debes
dirigirte al SENIAT a realizar la inscripción de la misma y a cada una de
los entes del estado para realizar las respectivas inscripciones.
DOCUMENTOS SUJETOS A REGISTRACION
A manera de preámbulo, es necesario
conocer que el autor Guillermo Cabanellas en su obra “Diccionario de Derecho
Usual” ha expresado:” Algún miope traductor lanzó y por inadvertencia ha
arraigado en algunos sectores el barbarismo de registración”. La cátedra
respeta ese criterio y lo comparte. Los documentos sujetos a registro:
son aquellas escrituras o instrumentos con que se prueba o confirma un acto:
patentizar un hecho o poder demostrar la existencia de una obligación de dar,
hacer o no hacer, que al registrarse se le confiere fe pública con las
solemnidades legales.
Los documentos que deben registrarse están
contemplados en el artículo 19 del Código de Comercio dentro de los cuales
destaca:
- Documentos relativos a situaciones de derecho de familia: 1. autorización al menor emancipado y su revocación. 2. Autorización a quien ejerce la patria potestad para representar al menor en la actividad mercantil. 3. Autorización a la mujer para afectar los bienes conyugales.
- Documentos relativos al comerciante individual o colectivo: 1. Firmas de comercio. 2. Venta de fondo de comercio. 3. Extracto de escrituras de sociedad. 4. Poderes del comerciante a sus factores. 5. Autorización del Juez para ejercer su profesión a corredores y venduteros.
La
no inserción en el Registro de Comercio de los documentos enumerados en el
artículo 19, es la de hacerlos ineficaces frente a terceros de buena fe, es
decir, que contra estos no podría alegarse válidamente el otorgamiento de un
determinado documento, si previamente no se cumplió con la formalidad de su
inscripción en el Registro de Comercio. Ahora bien, frente a terceros de mala
fe y aún entre los mismos contratantes, dichos documentos carentes de la
formalidad anotada, si podrían ser opuestos.
CARACTERÍSTICAS DEL REGISTRO MERCANTIL
Inicialmente
recordaremos que los comerciantes una vez inician su actividad comercial deben
matricularse en el registro
mercantil, ante la cámara de comercio de su
jurisdicción y realizar su renovación; la inscripción ya sea como persona
natural, establecimiento de comercio o sociedad comercial, deberá realizarla el
representante legal.
El
registro mercantil se caracteriza por lo siguiente aspectos:
a)
Es público: Toda persona tiene derecho y puede acceder al
registro mercantil, ya sea de forma física o por las plataformas virtuales de
las cámaras de comercio.
b)
Es reglamentado: Porque se encuentra establecido en el Código
de Comercio.
c)
Es obligatorio: Es obligación de todo comerciante realizar el
registro mercantil.
ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO
DEL ESTADO TÁCHIRA
El registro mercantil está estructurado
organizacionalmente por departamentos donde cada uno cumple una función
específica como a continuación se especifican:
Departamento
de Administración- Presentación y Cálculos (Caja): Elabora los cálculos equivalentes al
pago de los impuestos fiscales y los derechos de Registro, así como la
elaboración de las planillas respectivas para cada pago.
Departamento de Revisión Legal: Se
ocupa de hacer la revisión a fondo desde el punto de vista jurídico de cada
documento presentado para su Registro o bien para ser agregados al expediente.
Está a cargo de abogados revisores.
Departamento de Escribientes: Es el que se encarga de
procesar los documentos que van a hacer otorgados. También se encarga que los
documentos sean firmados por el usuario o interesado. Una vez que se produce el
otorgamiento se le hace entrega de la copia certificada al usuario para su
publicación.
Departamento de Archivo: Donde se forman los
expedientes de las sociedades mercantiles y de los comerciantes, llevándose un
control de cada uno. Igualmente reposan los tomos que se forman de los
protocolos que firman los usuarios.
Se encarga de expedir copias certificadas y
simples que los usuarios soliciten mediante un escrito, así mismo, llevan el
control y la atención al usuario para verificar las denominaciones de las
empresas.
Departamento de Inserción: Se
encargan de procesar aquellos documentos que el usuario presenta para agregar
al expediente de su respectiva sociedad mercantil e igualmente se encarga de
expedir las copias certificadas inscritas que hallan sido solicitadas por el
usuario.
Departamento de Otorgamiento: Una vez que el documento
ha sido inserto y firmado por el interesado, seleccionan los documentos,
dándole número y formando los llamados tomos.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
https://derechovenezolano.wordpress.com/2012/11/01/documentos-sujetos-a-registracion/
https://www.gerencie.com/caracteristicas-y-efectos-del-registro-mercantil.html
Morón, Luisa (2010).
Publicación en línea disponible en:
https://unefaluisamoronp.wordpress.com/registro-mercantil-en-venezuela/
Ossorio, Manuel (1981). Diccionario
de ciencias jurídicas, políticas y sociales. Editorial Heliasta S.R. L.
Argentina
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