Alvarado, María.
Campagnuolo, Mariana.
Castillo, Hemilys.
Colmenares, Joferlyn.
Garcia, Daniela.
Martinez, Mayri.
Mota, Reinaldo.
Reina, Jesy.
Rozo, Luzdary.
El
derecho mercantil es un derecho autónomo: Ya que tiene su propio sistema normativo
y no depende de ninguna disciplina jurídica
Artículo 1 Código Comercio: El
Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones
mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no
comerciantes.
Artículo 8 Código Comercio: En los
casos en que no estén especialmente resueltos por este Código, se aplicarán las
disposiciones del Código Civil.
Artículo 9 Código Comercio: Las Costumbres
Mercantiles suplen el silencio de la Ley cuando los hechos que las constituyen
son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República o en una
determinada localidad y reiterados por un largo espacio de tiempo que
apreciarán prudencialmente los Jueces de Comercio.
Según Ramírez, J
(1993 p.143), "Es un derecho autónomo, en el sentido de ser un derecho
especial en relación al Derecho Civil. El Derecho Mercantil tiene un carácter
fragmentario, es decir, no es materia completa, el Código de Comercio
frecuentemente remite al Código Civil".
El derecho
mercantil es un derecho consuetudinario: Ya que se basa en la tradición comercial
de los países.
Según Ramírez, J
(1993 p.148), "ella está expresada en el artículo 9 del Código de
Comercio, cuando nos dice: 'Las costumbres mercantiles suplen el silencio de la
ley, cuando los hechos que la constituyen son uniformes, públicos, generalmente
ejecutados en la República o en una determinada localidad y reiterados por un
largo espacio de tiempo, que apreciarán prudentemente los jueces de Comercio'.
Quiere decir, que el legislador venezolano ha tomado en cuenta el aspecto
fundamental de la costumbre como fuente del Derecho Mercantil, en cuánto qué,
ella debe ser continua en el tiempo, sin interrupciones, uniforme, de carácter
público, es decir que sea aceptada por todos y para todos; pero existen a la
par de estas costumbres que son de carácter normativas o legales, las de tipo
interpretativo por parte de los comerciantes, las llamadas de uso comercial
entre los comerciantes, como por ejemplo, el código establece entre una de sus
normas, que es ilegal aceptar cheques entre comerciantes o no, con fechas
adelantadas, sin embargo, en la práctica mercantil el uso de éste tipo de
transacciones mercantiles es muy común entre los comerciantes; quiero decir con
esto, que entre la costumbre mercantil existe la llamada norma legal y la de
uso interpretativo de los comerciantes, como el caso anteriormente
señalado".
El
derecho mercantil es un derecho crediticio: El crédito dentro del comercio es
sinónimo de confianza y surge mediante la solvencia moral y económica del
comerciante.
El
derecho mercantil es un derecho con mayor celeridad: Con esto nos referimos a la
rapidez con la que se ejecutan los cometidos.
El
derecho mercantil es un derecho individualista: Pues no suele considerar
las transacciones en que intervienen los poderes públicos, sino que se centra
en el derecho privado.
El derecho
mercantil es un derecho progresivo: Pues se actualiza conforme
cambian las condiciones del ejercicio comercial.
El derecho
mercantil es un derecho global o internacionalizado: Dado que supera
las fronteras nacionales y regula también las transacciones comerciales
internacionales entre particulares o empresas trasnacionales.
El derecho
mercantil es un derecho Internacional: El Derecho Mercantil
siempre ha tenido una base un sentido de ser más allá de las fronteras. Debe
tomarse en cuenta además de las Normas de Derecho Positivo Interno, las
disposiciones emanadas de Organismos Internacionales, tanto Regionales como
sub-regionales. En Venezuela existen dos Normas fundamentales para la solución
de los conflictos en Materia Internacional, la Ley de Derecho Internacional
Privado y la Ley de Arbitraje Comercial.
Glosario de
términos
Costumbre
mercantil: es el conjunto de prácticas que se repiten y aplican
reiteradamente por una colectividad de personas frente a un hecho o tema
determinado, que adquiere obligatoriedad por el hecho mismo de ser una norma
creada para usos sociales, siempre que éstas no sean contrarias a la ley.
Norma
legal: La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del
comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede
llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
Bibliografía
Ramírez Sánchez,
Jesús Alberto. Derecho General y Mercantil. Universidsd Santa María. Caracas
1993.
Última edición: 14 de enero de 2019.
"Derecho mercantil". Autor: María Estela Raffino. Disponible en:
https://concepto.de/derecho-mercantil/. Consultado: 17 de agosto de 2019.
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