sábado, 24 de agosto de 2019

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO MERCANTIL EN VENEZUELA

Investigadores:

Alvarado, María.

Campagnuolo, Mariana.

Castillo, Hemilys.


Colmenares, Joferlyn.


Garcia, Daniela.


Martinez, Mayri.


Mota, Reinaldo.


Reina, Jesy.


Rozo, Luzdary.



El derecho mercantil es un derecho autónomo: Ya que tiene su propio sistema normativo y no depende de ninguna disciplina jurídica

Artículo 1 Código Comercio: El Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes.

Artículo 8 Código Comercio: En los casos en que no estén especialmente resueltos por este Código, se aplicarán las disposiciones del Código Civil.

Artículo 9 Código Comercio: Las Costumbres Mercantiles suplen el silencio de la Ley cuando los hechos que las constituyen son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República o en una determinada localidad y reiterados por un largo espacio de tiempo que apreciarán prudencialmente los Jueces de Comercio.

Según Ramírez, J (1993 p.143), "Es un derecho autónomo, en el sentido de ser un derecho especial en relación al Derecho Civil. El Derecho Mercantil tiene un carácter fragmentario, es decir, no es materia completa, el Código de Comercio frecuentemente remite al Código Civil".

El derecho mercantil es un derecho consuetudinario: Ya que se basa en la tradición comercial de los países.
Según Ramírez, J (1993 p.148), "ella está expresada en el artículo 9 del Código de Comercio, cuando nos dice: 'Las costumbres mercantiles suplen el silencio de la ley, cuando los hechos que la constituyen son uniformes, públicos, generalmente ejecutados en la República o en una determinada localidad y reiterados por un largo espacio de tiempo, que apreciarán prudentemente los jueces de Comercio'. Quiere decir, que el legislador venezolano ha tomado en cuenta el aspecto fundamental de la costumbre como fuente del Derecho Mercantil, en cuánto qué, ella debe ser continua en el tiempo, sin interrupciones, uniforme, de carácter público, es decir que sea aceptada por todos y para todos; pero existen a la par de estas costumbres que son de carácter normativas o legales, las de tipo interpretativo por parte de los comerciantes, las llamadas de uso comercial entre los comerciantes, como por ejemplo, el código establece entre una de sus normas, que es ilegal aceptar cheques entre comerciantes o no, con fechas adelantadas, sin embargo, en la práctica mercantil el uso de éste tipo de transacciones mercantiles es muy común entre los comerciantes; quiero decir con esto, que entre la costumbre mercantil existe la llamada norma legal y la de uso interpretativo de los comerciantes, como el caso anteriormente señalado".

El derecho mercantil es un derecho  crediticio: El crédito dentro del comercio es sinónimo de confianza y surge mediante la solvencia moral y económica del comerciante.

El derecho mercantil es un derecho con mayor celeridad: Con esto nos referimos a la rapidez con la que se ejecutan los cometidos.

El derecho mercantil es un derecho individualista: Pues no suele considerar las transacciones en que intervienen los poderes públicos, sino que se centra en el derecho privado.
El derecho mercantil es un derecho progresivo: Pues se actualiza conforme cambian las condiciones del ejercicio comercial.
El derecho mercantil es un derecho global o internacionalizado: Dado que supera las fronteras nacionales y regula también las transacciones comerciales internacionales entre particulares o empresas trasnacionales.
El derecho mercantil es un derecho Internacional: El Derecho Mercantil siempre ha tenido una base un sentido de ser más allá de las fronteras. Debe tomarse en cuenta además de las Normas de Derecho Positivo Interno, las disposiciones emanadas de Organismos Internacionales, tanto Regionales como sub-regionales. En Venezuela existen dos Normas fundamentales para la solución de los conflictos en Materia Internacional, la Ley de Derecho Internacional Privado y la Ley de Arbitraje Comercial.


Glosario de términos

Costumbre mercantil: es el conjunto de prácticas que se repiten y aplican reiteradamente por una colectividad de personas frente a un hecho o tema determinado, que adquiere obligatoriedad por el hecho mismo de ser una norma creada para usos sociales, siempre que éstas no sean contrarias a la ley.

Norma legal: La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.


Bibliografía


Ramírez Sánchez, Jesús Alberto. Derecho General y Mercantil. Universidsd Santa María. Caracas 1993.
Última edición: 14 de enero de 2019. "Derecho mercantil". Autor: María Estela Raffino. Disponible en: https://concepto.de/derecho-mercantil/. Consultado: 17 de agosto de 2019.

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